Salud Mental

Consideraciones éticas en intervenciones comunitarias: la pertinencia del consentimiento informado

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Rosa María Aguilera-Guzmán
Liliana Mondragón Barrios
Ma. Elena Medina-Mora Icaza

Abstract

A pesar de que la bioética surge en la década de 1970, bajo el imperativo del discurso biomédico, su desarrollo como disciplina que reflexiona sobre el comportamiento humano en torno a la salud ha permitido la reunión de varios saberes, entre ellos, la aportación de las ciencias sociales en dicho campo. De esta forma, la bioética se ocupa de los dilemas que pueden presentarse en los estudios sociales sobre salud (adicciones, violencia, migraciones), incluso en aquellos que, por cuestiones de interés común, son de tipo binacional o multicéntrico. Los objetivos de este artículo son sistematizar y exponer algunas implicaciones de la pertinencia y adecuación del consentimiento informado (CI) en un estudio binacional México-Estados Unidos sobre salud mental y migración. Además, se aportan elementos de análisis para la detección de dilemas éticos en estas intervenciones comunitarias en salud mental en México. De esta forma, se intenta responder a las siguientes preguntas: En el contexto de una investigación binacional, ¿cómo encarar el principio de autonomía y la noción de “voluntariedad”, insertos en el requerimiento de un consentimiento informado, en intervenciones de salud mental pública en comunidades rurales mexicanas? ¿Es posible respetar la manera en que los participantes del país anfitrión toman decisiones y cubrir, al mismo tiempo, las exigencias del comité de ética del país patrocinador? Para allegarse los elementos de análisis, se expone someramente la conceptualización de los vocablos ética y bioética, y se abordan algunos postulados planteados tanto de la bioética norteamericana como de la europea, además de aproximarnos a otras posturas bioéticas. Por otro lado, se revisan los principales aportes de los diversos códigos, declaraciones e informes internacionales, incluidas las recomendaciones de la Comisión Nacional de Bioética de México, que norman el proceso del consentimiento informado (CI) en investigación social. El CI es un “proceso social que, a través de un intercambio activo y respetuoso, brinda información sobre la investigación en forma comprensible para el sujeto, permite cerciorarse de que la entienda y tenga opción de preguntar y recibir respuestas a sus dudas, brinde oportunidad para negarse a participar o manifestar voluntad de colaborar y pueda expresarla oralmente o firmar un formulario, sin haber sido sometido a coerción, intimidación ni a influencias o incentivos indebidos”. En este sentido, el proceso de consentimiento informado (PCI) protege la libertad de elección del individuo y el respeto de su autonomía. Por ello, también se debe considerar el contexto de desarrollo de grupos culturales diversos al del investigador, sus tradiciones en cuanto a comunicación y decisión, y se deben respetar estos procedimientos. En la investigación social, como en ninguna otra, la puesta en práctica de la normatividad del PCI es muy variada, debido a que se trabaja con sectores dispuestos a participar (prostitutas, usuarios de drogas, primo-delincuentes, etc.) a condición de no firmar ningún consentimiento escrito, lo que otorga prioridad a la calidad de la relación establecida y no sólo al formato. Este documento expone la reflexión sobre algunos dilemas éticos que se presentaron durante una investigación social cuyo objetivo fue identificar los malestares emocionales asociados a la migración internacional México-EUA y la utilización de servicios de salud mental. Específicamente, el análisis ético se centra en la información recabada en el trabajo de campo por medio de la técnica observación participante, en una comunidad rural en el estado de Michoacán.
Keywords:
Consentimiento informado, intervenciones comunitarias, salud mental, ética

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